El Catálogo Nacional de Cultivares agrega nuevas variedades de Cannabis Sativa L

El Registro Nacional de Cultivares del INASE cuenta con cuatro nuevas variedades de Cannabis sativa L, mediante las Resoluciones INASE Nros 2, 3, 27 y 28 de 2022. De esta manera, se amplía la oferta de materiales de propagación destinados a abastecer los proyectos de I+D aprobados por el Ministerio de Salud y a los usuarios inscriptos en REPROCANN.

Las nuevas variedades son ANANDA001, de Anandamida Organic S.A.S; CELOSA 10 de Diego Di Maggio; Polaris, de Lucía de Souza Madeira; y TROPICANA WFC, de Facundo J. Meligene.

Las nuevas variedades podrán comercializarse en el marco de la Resolución INASE Nº 260/2022 que regula las condiciones de comercialización de los órganos de propagación de la especie Cannabis Sativa L., con la finalidad de determinar la trazabilidad de sus productos vegetales; se establece para la especie la Clase IDENTIFICADA, nominada con obligatoriedad de mención al cultivar y de uso de estampilla de seguridad por envase de semillas y por lote de esquejes enraizados o plantines.

Gabriel Giménez, director nacional de Articulación Federal y referente del Equipo Cannabis del organismo nacional, resaltó: “Dentro de los objetivos del INASE está el de aportar materiales de propagación fiscalizados al circuito y la incorporación al Catálogo de estas nuevas variedades es un paso importante en ese sentido, ampliando el acceso a usuarios del REPROCANN, a los proyectos aprobados por el Ministerio de Salud, para la investigación de los criadores y las Universidades”.

Actualmente, hay 8 variedades de Cannabis Sativa L nacional inscriptas y se espera registrar más antes de fin de año.

El registro de genética nacional de Cannabis permite:

  • Poner en valor el trabajo de todos aquellos que a lo largo de estos años han investigado y estudiado las propiedades de la semilla de cannabis.
  • Tener información sobre los perfiles de cannabinoides, terpenos y flavonoides para favorecer la investigación y la producción nacional del cannabis medicinal a pequeña, mediana o gran escala.
  • Comercializar la variedad dentro del marco de la reglamentación mencionada y, si está inscripta también en el RNCP, hacer uso del derecho de obtentor.
  • Acceder a la semilla de calidad e identidad certificada para quienes cultivan sus propias plantas.

Fuente: Argentina.gob.ar